TRANSPARENCIA
TRANSPARENCIA
Transparencia
La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno establece en el Art 3 […] que las disposiciones del capitulo II de este título serán también aplicables a […] las entidades privadas que perciban durante el período de un año ayudas o subvenciones públicas en una cuantía superior a 100.000 euros o cuando al menos el 40 % del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000 euros.
En los mismos términos queda redactado el Art. 3.1.b de La Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación ciudadana de la Comunitat Valenciana.
El Artículo 8.2 de la Ley 19/2013, añade que los sujetos mencionados en el artículo 3 deberán publicar la información a la que se refieren las letras a) y b) del apartado primero de este artículo cuando se trate de contratos o convenios celebrados con una Administración Pública. Asimismo, habrán de publicar la información prevista en la letra c) en relación a las subvenciones que reciban cuando el órgano concedente sea una Administración Pública.
Matiza el Artículo 9.1.b de la Ley 2/2015 que se publicarán los convenios suscritos y su texto íntegro. Cuando no sea posible publicarlos en su integridad por razones de confidencialidad, se indicará su objeto, partes firmantes, duración, obligaciones, económicas o de cualquier índole, y sus modificaciones si las hubiera.
Al objeto de cumplir con la establecido en la citada normativa ponemos a la consulta de todos los vecinos y vecinas el Convenio que esta Federación tiene firmado con el Excmo. Ayuntamiento de Elche.